Corresponde el pago de horas extras al trabajador de confianza sujeto a fiscalización de su jornada de trabajo | CASACIÓN LABORAL N.° 14172-2019 LA LIBERTAD

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Este Supremo Tribunal advierte que es un hecho no controvertido que el actor se desempeñó en un puesto de confianza. Sin embargo, de la revisión de autos se verifica que el actor se encontraba sujeto a un control efectivo del tiempo de trabajo; toda vez que, en el CD Rom (fojas ciento cuarenta) presentado por la recurrente se observa que esta realizó descuentos por conceptos de permisos o tardanzas en los meses de diciembre de dos mil ocho, así como en enero y febrero de dos mil nueve, lo que denota control de la jornada de trabajo del actor. (F. 9)

¿QUÉ ES LA JORNADA DE TRABAJO?

La jornada de trabajo u horario de trabajo debe entenderse como el lapso durante el cual el trabajador debe prestar servicios al empleador, según lo acordado en el contrato de trabajo, siendo en este espacio de tiempo que el trabajador se obliga a poner su fuerza de trabajo a favor del empleador. (F. 5)

DEFINICIÓN DE TRABAJO EN SOBRETIEMPO

El trabajo en sobretiempo puede definirse como aquellas horas trabajadas excediendo la jornada legal u ordinaria existente en un centro de labores, y por lo cual su remuneración merece un tratamiento especial. (F. 6)

FUNDAMENTO DESTACADO

Asimismo, este Supremo Tribunal no advierte afectación al artículo 7 del Decreto Supremo número 004-2006-TR, en la medida que la recurrente no ha acreditado en el proceso prueba contraria que deslegitimice la presunción de horas extras establecida por las instancias de mérito, más aún si el requerimiento de presentación de registro de control de asistencias está comprendido dentro del periodo de duración de la obligación de conversar los registros de asistencia hasta por cinco (5) años, conforme lo ha establecido esta Sala Suprema en reiterada jurisprudencia, tal como la recaída en la Casación Laboral N.° 10484-2019-La Libertad, de fecha diecisiete de agosto de dos mil veintiuno; motivo por el cual, no resulta correcto desestimar la pretensión del demandante sobre las horas extras solicitadas. (F. 11)


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