Trabajadores del sector privado contarán con 5 días de licencia por fallecimiento de familiar

El pleno del Congreso aprobó, por unanimidad (99 votos), el proyecto de ley que establece la licencia laboral con goce de remuneraciones, en caso de fallecimiento de los familiares más cercanos de los trabajadores del sector privado del país.

La congresista Sigrid Bazán Narro (CD-JP), presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sustentó el dictamen recaído en el PL N.° 1340/2021- CR, que plantea la ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado.
Señaló que tiene como objetivo establecer el derecho del trabajador de la actividad privada a gozar de los derechos laborales en caso de fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos o hermanos.
Refirió que la licencia en mención sería otorgada por un plazo de cinco días calendario, pudiendo extenderse hasta tres días calendario adicionales cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente a donde se ubica el centro laboral del trabajador, pudiendo gozar de licencia con goce de remuneraciones, en el caso de fallecimiento de sus seres más queridos.
La iniciativa también contempla los derechos preexistentes, cuando los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre esta materia, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador, entre otros aspectos.
“Es una norma de suma importancia para los trabajadores del país, que les permitirá acompañar a sus familiares en los momentos más difíciles de la vida cuando pierdan a sus seres más queridos (…) Ya no sería necesario que este tema se vea a través de las negociaciones colectivas con los gremios sindicales del sector privado y que beneficiará a miles de trabajadores y sus familiares”, manifestó Bazán.
Fuente: El Peruano
———————————————————-

¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH
Telegram: https://t.me/+8KzKdNG7KDk4NmEx

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

miguel-carbonell-me (1)

La presunción de inocencia se destruye si las versiones incriminadoras satisfacen las garantías de certeza previstas en el acuerdo plenario 2-2005/CJ-116 | RECURSO DE NULIDAD N.° 341-2019 DEL SANTA

enero 17, 2023
Leer más...
ZSOCTEGIOVCW5FSG7P3PXI3YCQ (1)

Congreso aprueba proyecto de ley que promueve empleo de jóvenes en el sector público

julio 14, 2022
Leer más...
MI44CJXAIVALZEVCCHPL7Z4BH4

Lo determinante en el delito de tenencia ilegal de armas y municiones es que el objeto sobre el cual recae la acción delictiva debe ser un instrumento objetivo peligroso susceptible de producir daño a la vida, a la integridad o a la salud de cualquier ciudadano | REV. DE SENT. NCPP N.° 312-2017-JUNÍN

noviembre 9, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (2)

¿La sola voluntad del sindicato es suficiente para que el empleador esté obligado a acudir al arbitraje? ▎EXP. N.° 04131-2016-PA CALLAO

septiembre 5, 2020
Leer más...