#MJCivil | Es nula la resolución que declara la improcedencia liminar de la demanda de prescripción adquisitiva del propietario que pretende regularizar su derecho por esta vía | CAS 5072-2017 LIMA SUR

RAZÓN DE LA DECISIÓN: El petitorio planteado por la actora no entra en contradicción con la fundamentación fáctica expuesta en la demanda, pues prima facie nada obsta para que pueda incoarse una demanda de prescripción adquisitiva de dominio como un medio para regularizar un título de propiedad, en todo caso, es la etapa decisoria la etapa pertinente para analizar la naturaleza y fines de dicha institución y determinar si en efecto la prescripción adquisitiva de dominio resulta ser una alternativa viable para regularizar la propiedad sobre todo para acceder al Registro y, de ser el caso, verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para usucapir. (F. 9)

 EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA

En torno a la tutela jurisdiccional efectiva, el Supremo Interprete de la Constitución ha señalado que: “…la tutela judicial efectiva es un derecho constitucional de naturaleza procesal en virtud del cual toda persona o sujeto justiciable puede acceder a los órganos jurisdiccionales, independientemente del tipo de pretensión formulada y de la eventual legitimidad que pueda, o no, acompañarle a su petitorio. En un sentido extensivo, la tutela judicial efectiva permite también que lo que ha sido decidido judicialmente mediante una sentencia, resulte eficazmente cumplido. (F. 7)

¡IMPORTANTE!

Queda claro que el derecho de acceso a la justicia garantiza que los órganos jurisdiccionales al momento de decidir la admisión a trámite de la demanda, deben analizar los requisitos formales de admisibilidad y procedencia sin que ello signifique la imposición de cargas desmedidas o innecesarias que puedan neutralizar el ejercicio de este derecho de los justiciables, sino que dicha decisión debe estar debidamente fundamentada y ajustada a ciertos parámetros mínimos de razonabilidad. (F. 7)

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