Gobierno decreta el 8 de octubre como día laborable ▎DECRETO DE URGENCIA Nº 118-2020
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Artículo 6. Dejar sin efecto el feriado nacional del día jueves 08 de octubre de 2020. Déjase sin efecto el feriado nacional del día jueves 08 de octubre de 2020.
Artículo 7. Financiamiento
Lo establecido en el presente Decreto de Urgencia se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud y de los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 8. Vigencia
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 9. Refrendo
El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud y la Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de octubre del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Presidente del Consejo de Ministros
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
PILAR E. MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
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