Procesos de alimentos serán resueltos virtualmente con rapidez de forma oral

Con el objetivo de aplicar mecanismos rápidos, de oralidad y el empleo de herramientas tecnológicas, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), presidido por José Luis Lecaros, aprobó el uso de la directiva “Proceso simplificado y virtual de pensión de alimentos para niñas, niños y adolescentes” (Directiva N° 007-2020-CE-PJ).

En ese sentido dispuso que el Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” coordine su implementación con la Comisión del Expediente Judicial Electrónico (EJE).

Cabe resaltar que disposiciones normativas contenidas en la Directiva N° 007-2020-CE-PJ de la especialidad Familia, serán aplicadas para los jueces, personal jurisdiccional y de apoyo a la función jurisdiccional que labora en los Juzgados de Paz Letrados de las Cortes Superiores de Justicia.

El demandante puede emplear el formulario físico o electrónico de demanda de alimentos y a través del formulario de demanda de aumento de pensión de alimentos para este sector vulnerable.

Esta es registrada en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) y el personal de mesa de partes imprime el “Cargo de ingreso del documento” en el que se consigna de manera automática el código de digitalización.

La Mesa de Partes Electrónica (MPE) podrá ser utilizada en los distritos judiciales del país que las tengan implementadas.

Asimismo, cabe señalar que lo dispuesto contempla la obligación de los jueces de garantizar que el derecho alimentario de la niña, niño y adolescente sea una consideración primordial para su desarrollo integral.

Ellos tienen el derecho, además, a ser escuchados en el proceso de alimentos en función a su edad y grado de madurez.

Para obtener detalles de la normativa visite https://bit.ly/2BLBMWJ

Fuente; Poder Judicial

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