Nuevo arancel judicial para copias de grabación de audiencias: Costo será de S/ 18.00

El Poder Judicial del Perú, mediante la Resolución Administrativa N.º 000236-2025-CE-PJ, ha aprobado la incorporación de un nuevo concepto al Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales vigente para el ejercicio 2025. Esta medida establece una tarifa para la entrega de copias de grabaciones de audiencias judiciales, ya sean presenciales o virtuales.


¿Qué establece la resolución?

El documento, emitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y firmado por su presidenta Janet Tello Gilardi, dispone lo siguiente:

Incorporación del nuevo arancel judicial

Se aprueba el arancel denominado “Copia de Grabación de las Audiencias presenciales y virtuales”, el cual permitirá a los usuarios del sistema de justicia obtener una copia en formato de audio y video de las audiencias en las que hayan participado o tengan interés legítimo.

Monto establecido

Según el anexo incluido en la resolución, el costo por solicitar una copia de grabación será de S/ 18.00.

ConceptoMonto (S/)
Copia de grabación de audiencias (formato de audio/video)18.00

Cabe precisar, que en materia laboral, los trabajadores, los ex trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda las 70 URP, se sujetan a un 50% de descuento del monto del arancel.

El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial.»

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí: https://chat.whatsapp.com/CiSClG09qpK7MalJZ07dKE

👀 Prepárate, porque muy pronto volverás a leer la revista que trae lo más reciente y relevante de la jurisprudencia laboral…


Destacados

Últimos artículos

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

MEF plantea trasladar los feriados a los días viernes para fomentar el turismo

agosto 7, 2026
Copia de Texto del párrafo (40)

Ministro de Trabajo: "La decisión política de la presidenta es que no se van a aumentar ni quitar los feriados"

julio 30, 2026
eee

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (85)

Contrato de suplencia puede suscribirse posterior al inicio de la labor efectiva sin límite máximo pactado | Casación Laboral N.º 31786-2022 Lima

agosto 26, 2025
Leer más...
Diseño sin título (35)

Más allá de los 5 años, el empleador está obligado a conservar la información relativa al pago de los beneficios sociales | Casación N.° 50625-2022 La Libertad

diciembre 4, 2025
Leer más...
55

Agresión física a expareja en el trabajo como causal de despido | Casación Laboral N.º 10034-2023 Lima

marzo 17, 2026
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (64)

Juez supremo critica cambios en la competencia de los juzgados de paz letrado en materia laboral

mayo 25, 2025
Leer más...