¿Los trabajadores CAS y los jubilados de la Ley 19990 percibirán el bono por escolaridad 2023 ?

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, Ley 31638, ha delimitado los alcances del otorgamiento del bono por escolaridad para los trabajadores activos y jubilados.

Este beneficio tiene por finalidad atender los gastos que se incrementan producto del inicio de las clases escolares. El monto aprobado es de 400 soles y se abonará este mes (enero) y en el mes de junio para el caso de los profesores y auxiliares de la Ley 29944.

Como se dijo, no todos los trabajadores se encuentran incluidos en dicho beneficio, ni tampoco todos jubilados.

En dicho beneficio se ha incluido a los trabajadores de los siguientes regímenes:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de Ley 29944 (Ley de Reforma Magisterial)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 (Ley de Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público)
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen laboral de la Ley 30512 (Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes)
  • Docentes universitarios comprendidos en la Ley 30220 (Ley Universitaria)
  • Personal de salud del Decreto Legislativo 1153
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • El personal de las Fuerzas Armadas
  • Personal de la Policía Nacional del Perú

¿Y los trabajadores CAS?, El Decreto Supremo Nº 002-2023-EF, que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2023, en su artículo 2.4 establece:  “Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.”

Y en cuanto a los jubilados, La Ley 31638 incluye en el otorgamiento del beneficio a los siguientes regímenes:

  • Regímenes de la Ley 15117, Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.

Por tanto, conforme a los alcances de lo establecidos en Ley 31638 y el Decreto Supremo Nº 002-2023-EF, los trabajadores CAS y los jubilados del Decreto Ley 19990 no percibirán el bono por escolaridad 2023.


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