Lea aquí las recientes decisiones de la Junta Nacional de Justicia

El Pleno de la Junta Nacional de Justicia lamenta profundamente el sufrimiento que ha generado la pandemia del COVID-19, así como la pérdida de vidas de muchos compatriotas, algunos de ellos muy cercanos a la institución, a quienes rendimos nuestro sentido homenaje.

Durante el período de aislamiento social dispuesto por el Gobierno, hemos cumplido estrictamente las normas correspondientes, lo cual conllevó la suspensión de plazos en los procedimientos a cargo de la Junta, afectando la realización de determinadas diligencias. Ello fue necesario para proteger la vida y la salud de las personas que laboran en nuestra institución y la de los ciudadanos que acuden a nuestra sede. Fue necesario también a fin de garantizar el valor constitucional del debido proceso, pilar fundamental del sistema de justicia.

Durante este período, la casi totalidad de los servidores de la JNJ han continuado sus labores mediante conexión remota, lo cual ha permitido, entre otras acciones, la aprobación y publicación del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de los/las Jefe(as) de la ONPE y del RENIEC y las Bases de esos concursos, actualmente ya en fase de evaluación curricular. Asimismo, hemos aprobado y publicado el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de los/las Jefes (as) de las Autoridades Nacionales de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, respectivamente. También hemos aprobado y publicado la Directiva que regula las Audiencias Virtuales en los procedimientos disciplinarios y en los procedimientos de revisión de las decisiones del ExCNM, entre muchas otras actividades vinculadas a nuestras funciones constitucionales, que exigen reflexión, investigación y debate.

Admitidas las actividades presenciales en las instituciones públicas, hasta en un 40% de su capacidad, el Pleno de la JNJ reanudó desde el 10 de junio parte se sus tareas en su sede institucional y determinó, a partir del 22 de junio último, el levantamiento de la referida suspensión de plazos y la reanudación de todos sus procesos.

Levantada la suspensión, damos a conocer a la opinión pública algunas de las decisiones adoptadas por la JNJ en los últimos días, en cumplimiento de sus funciones constitucionales en materia disciplinaria. Al hacerlo, la Junta reitera su respeto por los principios de legalidad y de presunción de inocencia:

1. El inicio de Investigaciones Preliminares (artículo 49° del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios – RPD):

– Expediente No 004-2020-JNJ. Iniciado a la Jueza Suprema Ana María Aranda Rodríguez, en su calidad de ex Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura.

– Expediente No 005-2020-JNJ. Iniciado al Ex Juez Supremo Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, en su calidad de ex Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA.

– Expediente No 006-2020-JNJ. Iniciado al Fiscal Supremo Víctor Raúl Rodríguez Monteza, por su actuación como Fiscal Supremo de Control Interno del Ministerio Público.

2. El Inicio de Procedimiento Inmediato (artículo 72° del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios):

– PD No 115-2020-JNJ. Iniciado al Juez Supremo y Presidente del Jurado Nacional de Elecciones Víctor Lucas Ticona Postigo.

3. La citación a Audiencia por proposición de medida de suspensión preventiva (artículo 88° del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios).

– PD No 001-2020-JNJ-Cuaderno Cautelar en el procedimiento abierto al Juez Supremo Martín Alejandro Hurtado Reyes. – PD No 002-2020-JNJ-Cuaderno Cautelar en el procedimiento abierto al Fiscal Supremo Tomás Aladino Gálvez Villegas.

4. Asimismo, se ha realizado la presentación de ponencias, deliberaciones y votación pública, con decisión final, respecto de procedimientos disciplinarios con pedido de destitución, relativos a seis jueces y fiscales de diversas jerarquías, en casos pendientes, al mismo tiempo que se ha retomado el trámite de los demás procedimientos administrativos e investigaciones a cargo de la Junta.

Cabe señalar, enfáticamente, que el Pleno de la Junta Nacional de Justicia actúa con total independencia, en el marco de la constitución y la ley. Sus miembros deciden sobre las funciones encomendadas en el mismo marco, en fidelidad a sus propias convicciones y ajenos a cualquier tipo de presión. En salvaguarda de las garantías propias de un Estado Democrático de Derecho, el Pleno ha actuado y actuará respetando principios constitucionales tales con el debido procedimiento y el derecho de defensa. Una actuación en contrario afectaría gravemente el sistema de justicia en el Perú y la credibilidad de sus instituciones.

El Pleno de la JNJ es consciente de la importancia del encargo encomendado. Por ello, mantendrá con ahínco la ejecución de sus labores constitucionales con el mismo compromiso expresado al inicio de las funciones de sus miembros, en enero último.

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