La Finalidad Preventiva de la Pena en la Jurisprudencia.

FINALIDAD PREVENTIVA DE LA PENA
- No es necesario recurrir a la pena privativa de libertad para proteger el correcto funcionamiento de la Administración Pública
Es importante verificar si en el caso de autos es necesario recurrir a la pena privativa de libertad efectiva para proteger y asegurar el bien jurídico: correcto funcionamiento de la Administración Pública y si la pena efectiva va a lograr los fines de prevención especial con la sentenciada, esto es, rehabilitarla y reinsertarla en la sociedad, más de lo que podría lograr una pena suspendida.
Recurso de Nulidad: N° 3293-2010-Lima (27/10/2010). Sala Penal Transitoria. Considerando 65.
Concordancia:
TP art.I Objeto del Código Penal
Art. 57 Requisitos de la suspensión de la ejecución de la pena
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- La pena debe cumplir un fin preventivo y no depender de las demandas sociales o mediáticas de punibilidad.
La pena debe cumplir un fin eminentemente preventivo, facilitando la reconciliación normativa del autor con el orden jurídico, y afianzando el respeto de las normas por parte de los ciudadanos; es decir, junto a los fines preventivo-generales positivos, la pena estatal debe buscar un efecto preventivo-especial positivo con el fin de incidir favorablemente en la personalidad del infractor, y cuando esto no fuera posible, evitar que la pena lo desocialice o empeore su situación.
Recurso de Nulidad: N° 3437-2009-Callao (19/04/2010). Sala Penal Transitoria. Considerando 6
Concordancia:
TP art.I Objeto del Código Penal.
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FUENTE: 1000 Criterios Jurisprudenciales Penales que todo abogado debe conocer. División de estudios jurídicos de gaceta jurídica. Gaceta Jurídica S.A., primera edición 2019, pág. 11.