Gerente de operaciones no tiene la calidad de gerente general por lo que no ostenta la representación procesal de la empresa | CASACIÓN N° 764-2017 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Pudo también haberle otorgado poder suficiente en el modo y forma de Ley, lo que hubiese evitado que el juez de la causa, con arreglo a lo normado en el artículo 203 del Código Procesal Civil diere por concluido el proceso «por la causal de inasistencia de representante con facultades suficientes en representación de la persona jurídica demandante…»; decisión que al ser apelada fue Confirmada por el Colegiado Superior; que como ya se sustentó, está suficientemente motivada; en consecuencia al no haberse incurrido en ninguna  de las infracciones denunciadas conlleva a desestimar el recurso. (F.6)

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA

HECHOSDERECHOCONCLUSIÓN
Con la finalidad de intervenir en la audiencia, se apersonó al juzgado el señor Albert Caballero Caballero, quien según la documentación registral precedente, ostenta el cargo de Gerente de Operaciones de la demandante Inversiones Guerra S.A.C.

Revisada la documentación registral, se concluyó que no se logró acreditar que Albert Leoncio Caballero Caballero cuente con facultades suficientes para ejercer la representación de la demandante en audiencias judiciales, motivo por el cual, no fue posible dar inicio a la audiencia convocada para el día de la referencia.

 

Artículo 203 del Código Procesal Civil.

Esta interpretación y aplicación del artículo 203 del Código Procesal Civil no implica limitación alguna o privación al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, al derecho de defensa ni a la doble instancia; por ser una consecuencia lógica y razonable a la falta de diligencia de la parte recurrente al no asistir a la audiencia programada con las facultades de representación suficiente.

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