Facultan a Presidentes de Cortes de Justicia del país a dictar medidas pertinentes respecto a la implementación de la segunda etapa de las medidas reactivación

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Establecer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, en
cumplimento al protocolo y reglamento del retorno a las labores en el Poder Judicial, están facultados para dictar en casos excepcionales las medidas pertinentes de acuerdo a la realidad de cada sede judicial, respecto a la implementación de la segunda etapa del referido protocolo y reglamento, aprobados por Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000146-2020-CEPJ.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente

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