Empresas de telecomunicaciones deben informar alternativas para continuar con el servicio telefónico

Las empresas operadoras de telefonía móvil deben informar a los usuarios de las diferentes alternativas de solución antes de proceder a suspender el servicio por tener recibos impagos, sostuvo el presidente del consejo directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), Rafael Muente.
 
Refirió que la reciente norma que aprobó la entidad supervisora establece que las personas que tengan dos o más recibos de pendiente de pago, al 15 de junio, podrían ser sujetas a una suspensión de los servicios de telecomunicaciones que tienen contratados.
 
“Esto está obviamente sujeto a una serie de condiciones fundamentalmente centradas en la información que tienen que recibir el usuario de la situación de los recibos impagos por parte de las empresas operadoras”, indicó en Andina Canal Online.
 
Enfatizó que las empresas en un plazo de cinco días hábiles deben dar un preaviso al cliente en caso haya una intención de suspender el servicio contratado por falta de pago.
 
“Y a su vez darle las alternativas que tiene a sus manos para poder evitar la suspensión del servicio, que es realmente parcial, porque hay servicios que se van a mantener en cualquier caso”, afirmó.
Alternativa
 
Muente refirió que los usuarios pueden tener las alternativas de hacer los pagos parciales, fraccionar los recibos de pago en 12 cuotas sin intereses ni penalidades, cambiar de plan a uno de menor valor, incluyendo la posibilidad de pasar del sistema pospago al prepago.
 
Asimismo, suspender a pedido del usuario, por dos meses el servicio o incluso dar de baja a la línea.
 
“Son alternativas que tienen los usuarios, y en la medida que las empresas operadoras le den este preaviso de 5 días hábiles sea por mensaje de texto, correo electrónico o llamada telefónica, los usuarios tendrán ese plazo final para decidir cómo quieren gestionar los recibos pendientes de pago”, explicó.
 
“Hay una tercera posibilidad que vence el 30 de junio que es para aquellas personas que tienen un recibo de pago pendiente en ese momento”, agregó.
 
 
Servicios básicos se mantienen 
 
Por otro lado, el presidente del Consejo Directivo del Osiptel, señaló que a quienes se les suspenda el servicio telefónico, podrán mantener los servicios básicos operativos, como los servicios de emergencia, el aplicativo de Aprendo en Casa del Ministerio de Educación, el envío de mensajes de texto, así como el acceso a la plataforma de los bonos que otorga el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
 
Precisó, asimismo, que hasta ahora solo una empresa operadora, Bitel, cursó los preavisos de suspensión de corte de servicios por recibos impagos, mientras que el resto de las operadoras que representan al 87% del mercado de telecomunicaciones todavía no ha decidido comunicar suspensiones.
 
“Todavía no estamos hablando de una fecha de suspensión masiva, si no comenzamos un proceso en el cual las empresas buscando retener a sus clientes, buscan brindarles las alternativas que sean aceptables”, puntualizó.

Síguenos en facebook como Magazín Jurisprudencial y entérate de la más reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

Copia de Copia de Facebook Live Party Post - Hecho con PosterMyWall (3)

agosto 1, 2020
Leer más...
cobor de bbsss y renovacion

¿El cobro de la liquidación de los beneficios sociales y la suscripción del siguiente contrato constituye nuevo vínculo laboral o la continuación del primigenio?░Casación Laboral Nº 26375-2017 Lima Norte

noviembre 22, 2019
Leer más...
RECEPTACION

RCEPTACIÓN. Reconducción del tipo penal.

julio 12, 2022
Leer más...
trata-de-personas-explotacion-sexual-referencial

Se agrava el delito de trata de personas si el agente crea un riesgo efectivo a los bienes jurídicos de la agraviada ▎CASACIÓN 706-2018

mayo 16, 2020
Leer más...