Corte Suprema establece la diferencia entre categoría y puesto de trabajo en un caso de cese de hostilidad | Casación N° 50988-2022 Ancash

FUNDAMENTOS DESTACADOS:

Décimo sexto. Solución al caso concreto

La parte recurrente fundamenta la causal material en el hecho que desde la fecha de ingreso laboró como vigilante o guardián “y que posterior a ello fue asignado para que desarrolle labores administrativas diversas esto por alrededor de siete años para, para que luego ser rotado sin ninguna justificación o motivación al área de recolección de residuos sólidos en la madrugada”.

Por otro lado, la demandada señaló en su contestación de demanda que: “Es cierto que el demandante ingresó a laborar en el año 2007 como vigilante, mediante la modalidad de locación de servicios y que posteriormente se le reconoce el vinculo laboral mediante proceso judicial como obrero bajo el régimen laboral del D. L N°728. En el presente caso no tendría nivel ni categoría, ya que ésta se aplica de forma exclusiva para los servidores de la carrera (…)”.

Asimismo, la Sala Superior ha confirmado la sentencia bajo el fundamento que todos los obreros municipales constituyen una sola categoría; por tanto, no existe ninguna distinción entre las funciones que desarrolle un trabajador obrero en los diferentes campos que se desarrolle.

Décimo séptimo. Al respecto el profesor Blancas Bustamante, comenta que ambos conceptos son distintos: “(…) Categoría profesional y puesto de trabajo devienen en conceptos distintos. El primero hace referencia a una posición o status determinado por la profesión, oficio especialización o experiencia laboral del trabajador: el segundo indica funciones concretas que desempeña un trabajador en la empresa (…)”. (Sombreado y subrayado nuestro).

Décimo octavo. Siendo así se aprecia que, desde la fecha de ingreso, el actor ha laborado en el cargo de vigilante, luego en el año dos mil catorce, ha desarrollado labores administrativas en el cargo de responsable de trámite documentario y, en el año dos mil diecisiete se le asigna labores de archivo central; y así sucesivamente, hasta el año dos mil veinte regresa al área de trámite documentario para luego arbitrariamente en julio 2020, rotarlo al área de recolección de residuos sólidos; ante ello y a los diferentes reclamos del demandante nuevamente se le repone en el cargo de trámite documentario, hasta que con fecha primero de diciembre de dos mil veintiuno mediante Memorándum N° 715 – 2021- MP H -GAF -SG – RH, nuevamente se le rota por una supuesta necesidad de servicios al área de recolección de residuos sólidos; asimismo, la demandada no especifica ni ha demostrado la necesidad de modificación efectuada conforme a los criterios de razonabilidad, teniendo en cuenta que el empleador por propia decisión de la demandada ha laborado en distintos cargos de vigilancia y/o oficina, deviniendo la causal procedente en fundada.

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