Corte Superior de Justicia de Lima Norte condena a mujer por violencia contra la autoridad derivado del incumplimiento del estado de emergencia

  • Gabriela Melissa Verastegui Paredes agredió a efectivo policial en intervención el sábado 21 de marzo ante declaratoria de emergencia

El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima Norte, a cargo del magistrado Valery Raúl Romero Palacios realizó hoy audiencia de incoación de proceso inmediato vía WhatsApp en sala de audiencia contigua por el estado de Emergencia Nacional a causa del Coronavirus (COVID-19).

El juez condenó a un año ocho meses de prisión para Gabriela Melissa Verastegui Paredes, al encontrarse responsable del delito de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, en agravio del técnico superior Leydi Jazmín Silva Barturen y del Estado.

El órgano jurisdiccional ordenó también el pago como reparación civil de S/. 2000 mil en favor del Estado.

Los hechos que motivaron la imposición de la sanción ocurrieron el 21 de marzo del 2020 alrededor de las 13:10 horas, cuando la imputada fue intervenida por la agente policial al conducir su vehículo; y está de manera prepotente y alterada no presento ningún salvoconducto de tránsito, según las investigaciones.

Según el Ministerio Público, la procesada ante las circunstancias mencionadas se le ordenó dirigirse a la Comisaria de Pro en los Olivos, en compañía de la oficial PNP; quien lejos de conducir hacía la dependencia policial, y de manera apresurada, se dirigió hacia el frontis de su domicilio ubicado en la Urb. San Diego en San Martín de Porres.

Ante los hechos mencionados, Gabriela Verasteguí se detuvo internpestivamente para ingresar a su domicilio, hecho que fue impedido por la técnica superior, quien resultó agredida al ser empujada tras las rejas del domicilio de la procesada; quien mediante lenguaje soez reitero expresiones como ‘Mi papá es un superior que conoce a todos en la comisaria de Pro y con muchos contactos’, según el acta intervención policial.

Cabe señalar que el Decreto Supremo Nro. 044-2020-PCM, cuyo artículo 1, dispone el aislamiento social obligatorio, cuarentena, a causa del brote del Coronavirus (COVID-19), que afectan la vida de la nación; y en consecuencia se estaría infringiendo las medidas dispuestas por el gobierno, ante el Estado de Emergencia Nacional.

La sentencia condenatoria anticipada, bajo el principio del consenso, donde la fiscalía, la investigada y su defensa técnica, propusieron la pena y reparación civil, que fue aprobada por el magistrado de la Corte de Lima Norte.

Además, recalcó, que en este caso se valoró la conducta de arrepentimiento de la investigada, su voluntad de resarcir el daño causado y en atención a que no existen antecedentes penales, ya que es un sujeto primario para la comisión del ilícito.

También, argumentó, que la procesada cuenta con carga familiar (familia constituida), trabajo acreditado, además, no se encuentran agravantes y lesiones de trascendencia por parte de la agraviada. En su conjunto para su valoración se impuso una pena suspendida en su ejecución.

Por ello, bajo los principios de razonabilidad, proporcionalidad y humanidad de las penas, el órgano jurisdiccional optó por suspender su ejecución, a fin de que en libertad pueda cumplir la pena impuesta bajo reglas de conducta; y por ende no vuelva a cometer nuevo delito doloso.

De ese modo, gracias a una videollamada del juez a cargo del referido juzgado, instaló la audiencia de proceso inmediato mediante la antes citada aplicación tecnológica, a motivo de evitar la propagación del Coronavirus (COVID-19), acciones preventivas que vienen adoptando los juzgados de emergencia de Lima Norte.

FUENTE: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

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