Convocan a Elecciones Generales el día domingo 11 de abril del año 2021 ▎ DECRETO SUPREMO Nº 122-2020-PCM

DECRETA:

Artículo 1.- Convocatoria a Elecciones Generales

Convócase a Elecciones Generales el día domingo 11 de abril del año 2021, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

 Artículo 2.- Segunda Vuelta

En caso de que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, para el día domingo 06 de junio de 2021, estimándose que dicha fecha estaría dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales

Artículo 3.- Presupuesto

 El Ministerio de Economía y Finanzas deberá adoptar las medidas pertinentes para la habilitación y entrega de presupuesto que se requiere para la ejecución de Elecciones Generales que se convocan mediante el presente Decreto Supremo.

 Artículo 4.- Marco Legal

 Las Elecciones Generales materia de la presente convocatoria se regirán por las disposiciones de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modificatorias; la Ley N° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino y su modificatoria; y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias, en lo que corresponda.

 Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veinte.

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