Conoce las casaciones que trae este mes Magazín Jurisprudencial Penal edición número 13 (gratis)
A continuación, presentamos el título de las casaciones más relevantes emitidas en el mes de septiembre por la Corte Suprema, en materia penal compiladas en nuestra revista Magazín Jurisprudencial Penal edición número 13.
- El concepto de “nuevos medios probatorios” (…), autoriza a entender como tales todos aquellos medios de prueba que no se actuaron en el periodo probatorio regular (…), pero que resultan manifiestamente útiles o indispensables para esclarecer la verdad –no actuación por razones formales o por desconocimiento de su existencia o inicial consideración de falta de utilidad o necesidad.
- No constituye una regla absoluta y aplicable en cualquier circunstancia la preceptiva realización de una pericia fonométrica para que un audio pueda utilizarse y dictar en su mérito una resolución intermedia (prision preventiva).
- No está disciplinado, y no puede estarlo, que el acta necesariamente se levante en el mismo lugar del suceso materia de intervención.
- No se trata únicamente de dar cuenta de lo que cada perito expresó en el plenario, pues lo esencial es que se precise cuál de las pericias es la que realiza un aporte consistente –sólido y científica o técnicamente idóneo– para esclarecer los hechos acusados.
- El deber de reserva no es una obligación específica de una medida de coerción que puede imponerse pretorianamente cuyo incumplimiento importa la revocación de dicha medida, sino un deber procesal genérico para tutelar el buen orden del procedimiento de investigación preparatoria, y como tal puede garantizarse mediante otro tipo de prevenciones.
- La pena puede reducirse por debajo del mínimo legal hasta una tercera parte en los casos de tentativa; y, dado que la responsabilidad restringida es igual a la tentativa, las causales de reducción de la punibilidad permiten determinar que un tercio es el límite máximo.
- La acción de revisión, (…), no solo se circunscribe a lograr la absolución de un condenado en función a que una prueba alternativa, no conocida cuando se dictó la condena, (…). también procede, entre otros supuestos, cuando se trata de excluir una circunstancia agravante (…).
- (Lavado de activos) se ha de tratar de un hecho típico y antijurídico, a cuyo efecto es irrelevante que el autor del delito previo sea culpable –categoría penal de culpabilidad– o esté exento de pena– también, añadimos, que este injusto esté prescrito.
- No toda disparidad autoriza a rescindir el valor epistémico de una testifical. (…), su fiabilidad dependerá de si se trata de detalles centrales, periféricos o colaterales. solo si se constata lo primero, se restaría virtualidad a la sindicación. en cambio, si se coteja lo segundo y tercero, no existe desmerecimiento objetivo.
- Aun cuando el juicio oral (…) se sujete al proceso especial de reos ausentes (…), este trámite no implica que los derechos a la prueba y defensa se limiten de modo que el juicio oral deba restringirse a una mera lectura de lo actuado en los juicios previos de sus coprocesados.