Cierran sede central de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte por COVID-19 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000371-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

CONSIDERANDO:

  1. Por el correo institucional del antecedente el Gerente de Administración Distrital (GAD) de la CSJ-LIMA NORTE informa que el día de la fecha se presentó un nuevo caso de contagio por infección de COVID-19 a personal auxiliar jurisdiccional en el Módulo Penal de la sede central.
  1. Dicha versión se corrobora con el correo institucional del Administrador (e) del Módulo Penal solicitando “Se considere el cierre de la sede Izaguirre por el espacio de una semana (15 al 22 de Mayo del 2020) por la extensión del inmueble, la cantidad de pisos y oficinas que coberturan el servicio de 32 órganos jurisdiccionales penales (11 JIP, 12 JU, 2 JCOL, 03 SPA, 04 Salas Penales Liquidadoras) más las diferentes áreas administrativas que albergaban en su momento a aproximadamente 250 servidores judiciales; y ahora durante el periodo de emergencia un promedio de 10 servidores diarios en turno que se movilizan por todo el inmueble en sus 05 pisos; agrava la situación la cantidad de personas infectadas por el CORONAVIRUS y sobre todo por las 03 personas de alta dirección del NCPP de la CSJLN que indudablemente han tenido por su función contacto con varios trabajadores”.
  1. El Administrador (e) del Módulo Penal en su comunicación efectúa precisiones sobre la forma de trabajo óptimo que se viene realizando en dicho Módulo, así como las acciones que se realizarían durante el tiempo de cierre de la sede judicial con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia, indicando textualmente lo siguiente:
  •  – “El NCPP y en especial en la sede Izaguirre se ha logrado el servicio de mesa de partes virtual SIREJUD que permitió en forma muy exitosa despejar definitivamente a la totalidad de usuarios del sistema, por lo que dicho aplicativo puede atender en todo lo que reste del año con 03 canales i) presentación de escritos de toda índole ii) atención por sala virtual Hangouts-meet a todo justiciable que desee saber sobre el estado de su expediente iii) solicitud y envió de copias de documentos y audios a los sujetos procesales que lo requieran
  • – Los Magistrados del NCPP desde la segunda semana de cuarentena trabajan por red VPN con total normalidad (100%) es decir ningún magistrado asiste a la sede judicial desde entonces.
  • – Los Especialistas de Juzgado (25 servidores) en su mayoría para proveer escritos y proyectar resoluciones; así como los Especialistas de Audiencias (40 servidores) desde la última semana vienen trabajando al 100% mediante RED VPN con total normalidad. Los servidores de sala superior en su totalidad también trabajan vía remota con la red VPN.
  •  – En la presente semana, los únicos servidores, en un aproximado de (10 personas), acudían a la sede judicial con el fin de: i) encender máquinas de las salas de audiencias y efectuar los enlaces ii) ubicar los expedientes físicos para las audiencias a realizarse y dar cuenta de algún documento necesario iii) imprimir los escritos que ingresan virtualmente, cocerlos y foliarlos en cada expediente de cada pool”.
  1. De lo indicado se tiene que las audiencias y demás actos procesales se viene realizando con normalidad vía remota, lo que evidentemente podrá seguir de esa manera, no solo durante el estado de emergencia, sino que también en tiempo posterior a su levantamiento.
  2. No obstante a lo señalado, resulta también cierto que el cierre del local judicial -por el tiempo indicado- podría generar el retardo del trabajo operativo de armado físico de los expedientes, sin embargo, haciendo la ponderación entre los valores comprometidos en la coyuntura actual, de un lado el cumplimiento del deber para dicho trabajo operativo, y de otro la vida y la salud de los servidores judiciales que vienen siendo amenazados con el contagio del COVID19, dado que hasta la fecha ya se tiene a tres servidores afectados con dicho virus, debemos optar por los valores de la vida y salud de los trabajadores judiciales, por lo que la actividad del trabajo operativo se podrá diferir hasta el levantamiento del estado de emergencia; oportunidad en la que podrá cumplirse con los procedimientos pertinentes, descargándose por ahora en el sistema informático judicial (SIJ) los actos procesales realizados y pendientes, función que estará a cargo del Coordinador de Pool y la Administración del Módulo Penal que deben llevar los controles respectivos.
  3. Para el cumplimiento de lo señalado en la última parte del considerando anterior, los Jueces de los órganos jurisdiccionales penales de emergencia deberán apoyar con el Especialista de Juzgado asignado a su despacho para revisar en el SIJ el expediente virtual una hora antes de cada audiencia. Asimismo, cada especialista de audiencia deberá grabar el respectivo audio y video en su domicilio con los equipos electrónicos entregados por la institución, y concluida la audiencia trasmitir al área de informática para su incorporación al SIJ, considerando para ello que el personal auxiliar ha recibido las capacitaciones técnicas virtuales correspondientes. 7. En tal contexto, y teniendo en cuenta que el Gerente de Administración Distrital señala que frente a esta situación ha tomado acciones urgentes, como el aislamiento de las personas que dieron positivo al COVID-19, y la fumigación de los ambientes de trabajo del referido módulo penal y de toda la sede central, lo que tiene programado para el día de la fecha (15/05/2020), para lo que también recomienda disponer el cierre del local por el plazo de una semana, en aplicación de los incisos 3) y 9) del artículo 90° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en salvaguarda de la vida y salud de los servidores judiciales y demás personas que asisten al local indicado que de no adoptarse una medida como el cierre temporal podrían ser contagiados con el COVID-19, es que debe atenderse al pedido formulado, dictando las disposiciones pertinentes.

(…..) CONTINUA

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