Accede al protocolo de retorno de actividades del Ministerio Público al término del estado de emergencia nacional ▎RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 681-2020-MP-FN

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público – Fiscalía de
la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19, en su versión 02, que consta de treinta (30) páginas que forman parte
integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 626-2020-MP-FN, que aprobó el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19, en su versión 01.

Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información difunda en los medios informáticos de la institución, la presente resolución y protocolo aprobado.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo Quinto.- Hacer.de conocimiento la presente resolución a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, Coordinaciones Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Imagen Institucional, y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines que consideren pertinentes.

Regístrese y comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación

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