SINDICACIÓN DE MENOR AGRAVIADA COMO PRUEBA DE CARGO VÁLIDA CON CAPACIDAD PARA SUSTENTAR CONDENA | R.N. N° 1724-2023/LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN

En atención a lo anotado, consideramos que la Sala Penal Superior analizó correctamente la declaración de la menor según las garantías de certeza del Acuerdo Plenario 2-2005/CJ. Entonces, al no verificarse la existencia de ánimos espurios ya que su relato fue coherente, verosímil y persistente, este constituye prueba de cargo válida con capacidad para enervar la presunción de inocencia del sentenciado y sustentar la condena en su contra. (F. 16.).

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA

HECHOS

Como se anotó, la Sala Penal Superior consideró acreditada la responsabilidad penal del sentenciado Castañeda Huamán en el delito materia de acusación y tuvo como principal prueba de cargo la sindicación de la menor agraviada, a la cual otorgó un valor positivo, puesto que superó las garantías de certeza del Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. (F. 11.)

DERECHO

  • El Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116.

CONCLUSIÓN

En conclusión, la prueba actuada fue correctamente valorada y no se advierten defectos en la motivación de la sentencia condenatoria, motivos por los cuales se desestiman los agravios de la defensa del sentenciado Castañeda Huamán y se ratifica la condena impuesta por el delito mencionado. (F. 18).

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


Únete a nuestro grupo de Derecho Penal y no te pierdas ninguna jurisprudencia: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73

 

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

1590016279 (1)

Carece de mérito ejecutivo el cheque que no contiene el lugar de emisión | CASACIÓN N.° 4064-2019 HUÁNUCO

marzo 30, 2023
Leer más...
PJ

Autorizan a los presidentes de las salas supremas a realizar las labores jurisdiccionales en la forma que se consideren más eficaz, incluyendo el uso de medios tecnológicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000051-2020-P-CE-PJ

abril 21, 2020
Leer más...
L3YT2PRKD5GL5PSKF4UYJBI3OI (1)

Juez revoca prisión preventiva de Zamir Villaverde

julio 9, 2022
Leer más...
protocolo MP FINAL

Ministerio Público aprueba protocolo para defensores de los derechos humanos, a fin de garantizar la efectividad de la actuación fiscal acorde con los estándares internacionales.

abril 1, 2022
Leer más...