Lo que necesitas saber sobre la demanda de alimentos ●Magazín Jurisprudencial

La demanda de alimentos es aquella en la que la madre o padre acude a la vía judicial (Juzgado de Paz Letrado) para que el juez o jueza emplace a la persona obligada (madre o padre) a cumplir con la pensión de alimentos.

Se entiende por alimentos todo aquello indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, asistencia médica y psicológica, entre otros, según la situación y posibilidades de la familia.

De acuerdo a la legislación peruana, el padre o madre demandante puede pedir una pensión de alimentos para sus hijos y/o hijas, hasta que cumplan la mayoría de edad (18 años).

No obstante, una vez que el hijo y/o hija supera esta edad, también es posible que él o ella demande a sus padres una pensión de alimentos, siempre y cuando subsista el estado de necesidad, el cual se configura en los siguientes casos:

a) Si el hijo o hija está siguiendo con éxito estudios de una profesión u oficio hasta los 28 años de edad.

b) Si el hijo o hija soltera no está en aptitud de atender a su propia subsistencia por incapacidad física o mental, debidamente comprobadas.

Requisitos

1. Demanda firmada por el demandante y abogado. En caso que no cuente con abogado por no ser obligatorio, el Poder Judicial le proporcionará un formulario de demanda de alimentos.

2. Copia simple del DNI del demandante.

3. Partida de nacimiento del menor, de ser el caso. Cuando se trate de hijo alimentista (no reconocido) se deberá acompañar adicionalmente, el nombre y dirección de testigos a fin de dar fe de la relación sentimental que mantuvieron el demandante y el demandado durante el tiempo de concepción del alimentista, así como documentos que acrediten la existencia de la relación sentimental de los padres.

4. Documentos que acrediten los gastos de manutención del menor de edad, de ser el caso (opcional).

5. El demandante se encuentra exonerado del pago de tasas judiciales y cédulas de notificación cuando la pensión a solicitar no exceda 20 URP (S/9200), de lo contrario, cancelará el 50% del monto de dichas tasas.

Demanda online

La plataforma “Demanda de alimentos vía web” ha sido implementada en diversas Cortes de Justicia a nivel nacional, tales como en Arequipa, Áncash, Puente Piedra – Ventanilla, Lima Norte.

En este servicio, los/as demandantes pueden interponer la demanda de alimentos sin necesidad de un abogado, a través de un formulario web de fácil acceso, suficiente para que el juez o jueza la califique y le dé trámite.

Esta plataforma busca informatizar y estandarizar el trámite del proceso e incrementar la celeridad, desde su interposición hasta la expedición de la sentencia y su ejecución.

Fuente: Perú Legal

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