Proponen que se incorpore la prueba del polígrafo en todos los casos donde un magistrado este en proceso de investigación ▎Proyecto de Ley N° 6045/2020-CR

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO III DE LA LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA, PARA QUE SE INCORPORE LA PRUEBA DEL POLÍGRAFO EN TODOS LOS CASOS DONDE UN MAGISTRADO ESTE EN PROCESO DE INVESTIGACIÓN.
Los Congresistas de la República que suscriben del Grupo Parlamentario «PODEMOS PERÚ», a iniciativa de la Congresista MARIA TERESA CABRERA VEGA, en uso de sus facultades de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y, en observancia de los requisitos exigidos por los artículos 75º y 76º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso, presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY
«LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO III DE LA LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA PARA QUE SE INCORPORE LA PRUEBA DEL POLÍGRAFO EN TODOS LOS CASOS DONDE UN MAGISTRADO ESTE EN PROCESO DE INVESTIGACIÓN».
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo Único. – Modificación del artículo III de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia:
«Artículo 111.- Principios de la Junta Nacional de Justicia
Son principios rectores de la Junta Nacional de Justicia y de la Comisión Especial, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho, los siguientes:
( … )
J) Principio de verdad:
Por la cual se pretenderá verificar plenamente la afirmación de los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual puede recabar información que considere necesaria para verificar o desvirtuar las entrevistas y documentos que se hubieran presentado. En tal sentido, los miembros requieran se realice la prueba del polígrafo al Magistrado que este siendo investigado, el mismo que deberá prestar su consentimiento dentro del 3er día de notificado por escrito, disponiéndose su realización en el plazo de diez días en caso de que no haya aceptado, o no concurriera a realizarla causara presunción relativa de verdad, sobre los hechos que se le investigan. La decisión de los miembros de la Junta Nacional de Justicia estará basada en una valoración conjunta de todos los medios de prueba que tengan a la hora de decidir sobre el investigado.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
PRIMERA. – VIGENCIA Lo dispuesto en la presente ley será de aplicación inmediata desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial «El Peruano».
SEGUNDA. -DEROGATORIA Y/O MODIFICACIÓN Derogase o modificase las normas que se opongan a la presente ley.
Lima, 19 de agosto de 2020

Suscríbete a la revista digital Magazín Jurisprudencial y recibe mensual el análisis de la más selecta y relevante jurisprudencia en materia civil, penal y laboral.

Destacados

Últimos artículos

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Artículos relacionados

BeFunky-collage (12)

¿El estado de ebriedad e inconciencia de la agraviada se puede deducir de las conversaciones vía WhatsApp que tuvo con el beneficiario? ▎EXP. N.° 00877-2020-PHC/TC AREQUIPA

junio 15, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (30)

Afectación del principio de imputación necesaria ▎CASACION N° 465-2019-CUZCO

noviembre 9, 2020
Leer más...
Photo Taken In United States, Washington, D. C.

¿Cuáles son los límites al iura novit curia? | CAS 4498 – 2017-Lima Este

julio 31, 2022
Leer más...
netflix

Amigos para un fin de semana más placentero les recomendamos las 6 mejores series de abogados para ver en la plataforma de Netflix

mayo 30, 2020
Leer más...