¿Las comisiones se incluyen en el cálculo de la indemnización por despido arbitrario? | CASACIÓN LABORAL Nº 18417-2017 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN: En efecto, el subsidio por situación de embarazo de una servidora comisionista es integrable en la remuneración computable, por provenir de los ingresos promedio por comisiones que ha percibido la recurrente con anterioridad al inicio de su periodo de subsidio pre y post natal; por consiguiente, tiene las condiciones para ser incluida en el monto de las sumas indemnizables para la compensación por tiempos de servicios y la indemnización por despido arbitrario. (F. 8.3)

 CONCEPTO DE REMUNERACIÓN

Debe precisarse, que la remuneración es todo pago en dinero o excepcionalmente en especie, que percibe el trabajador por los servicios efectivamente prestados al empleador o por haber puesto su fuerza de trabajo a disposición del mismo. El concepto de remuneración comprende no solo la remuneración ordinaria, sino también todo pago que se otorgue cualquiera sea su forma o denominación que se le dé, salvo que por norma expresa se le niegue tal calidad. (F. 5)

ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA
HECHOFUNDAMENTO JURÍDICOCONCLUSIÓN
La accionante laboraba para la demandada en su condición de Asesora Corporativa de Programas Académicos EPG.De la boleta de pago de agosto de dos mil trece, quecorre a fojas seis, y de la copia de la Planilla Anualizada del 2013, que corre en fojas cincuenta y dos, se concluye que la actora percibía sueldo básico, asignación familiar y comisiones. En consecuencia, se advierte que el Colegiado de vista al emitir pronunciamiento  confirmando la Sentencia apelada que declaró fundada la demanda, no ha incurrido en la inaplicación del artículo 55° del Decreto Supremo N° 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo, ni ha interpretado erróneamente el artículo 17° del Decre to Supremo N° 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios; por tales razones, las causales de casación invocadas no corresponden ser amparadas.
DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ
¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia? Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram: Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH Telegram: https://t.me/+8KzKdNG7KDk4NmEx

Destacados

Últimos artículos

¿Los efectos de la excepción de prescripción puede extenderse a la empresa codemandada que no lo interpuso? | Casación Laboral N.º 07914-2021 Piura

enero 23, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-23T072459.964

Poder Judicial inicia la evaluación de desempeño a sus servidores

enero 23, 2025
Texto del párrafo - 2024-12-21T091918.981

¿Cuáles son los requisitos para la aplicación de la Ley 24041? | Casación N.° 766-2023 Cajamarca

enero 22, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-22T214810.292

¿Es posible interponer demanda de favorecimiento de la Ley N.° 24041 antes que se produzca el despido? | Casación N.° 766-2023 Cajamarca

enero 22, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-22T210651.975

Artículos relacionados

BeFunky-collage - 2020-07-16T192204.981

¿Las agresiones a parientes que no viven en el mismo domicilio está protegido por la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, ? ▎RECURSO NULIDAD N.° 2030-2019/LIMA

julio 17, 2020
Leer más...
6074a7924a0aa

¿Es constitucional resolver el pedido de libertad condicional mediante un informe legal del INPE? | Expediente 03489-2021-PHC/TC

agosto 29, 2022
Leer más...
ZRQ6DPFAFVC4FDJEAPJ4NE6TYI

Juez de EE.UU. revisará el arresto domiciliario del expresidente peruano Toledo

abril 7, 2021
Leer más...
portada_311731 (1)

Delegan facultades a los presidentes de corte para que por medidas de seguridad establezcan trabajo remoto | RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000064-2023-CE-PJ

febrero 1, 2023
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp