Juez ordena a RENIEC que los procedimientos deben contemplar la posibilidad de cambio de nombre, sexo e imagen en los registros y documentos de identidad, admitiéndose una categoría adicional a masculino/femenino para las personas trans e intersexuales

El 3° Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) implementar un procedimiento que permita el cambio de prenombres, sexo y demás datos de las personas trans e intersexuales en el Documento Nacional de Identidad (DNI).
Ante esto, el Poder Judicial ordenó al Reniec que, en el plazo máximo de un año, cumpla con implementar un procedimiento administrativo de acuerdo con los estándares fijados en el mencionado escrito.
Sobre Essalud, se declara inconstitucional la limitación injustificada en el acceso a prestaciones de salud por parte de la mencionada entidad de las personas intersex debido a que el diseño del sistema de cobertura de la Gerencia de Acreditaciones de Essalud y el software del Sistema de Gestión Hospitalaria de las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (Iprres) supedita la atención de determinadas prestaciones de salud al sexo legal asignado a los documentos de identidad y no a las necesidades de salud de las personas.
“En consecuencia, se ordena a Essalud a fin de que, en el plazo máximo de 2 meses, cumpla con adecuar dicho software a fin de que no se supedite ninguna prestación de salud a la pertenencia de los asegurados(as) a un determinado sexo”, ordenó el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Fuente: El Comercio
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