¿Qué es el ruleteo de demandas?

En uno de los procesos de amparo iniciados por el exministro, Geiner Alvarado, la jueza Milagros Grajeda Bashualdo del Primer Juzgado Constitucional advirtió la existencia de ruleteo de demandadas en el caso del exministro y señaló: “La forma de proceder del demandante, está prohibida en tanto instaurar una y otra vez la misma demanda es una conducta antijurídica, conforme al Protocolo Seis de la OCMA – Plan contra el Direccionamiento y Ruleteo de Demandas»
En ese entender, ¿qué es el ruleteo de demandas?
La Oficina de Control de la Magistratura elaboró el protocolo 06 denominado “Plan de Control Contra el Sobre Direccionamiento y Ruleteo de demandas, lo define como la: “Acción dirigida a alterar el ingreso aleatorio de las demandas a los órganos jurisdiccionales, consistente en presentar simultáneamente ante distintos juzgados varias demandas iguales, hasta que una llegue al juzgado deseado, sea porque el juez a su cargo tiene un criterio que lo favorece o porque se pretende vulnerar su imparcialidad.”
Si bien, en la actualidad no se ha previsto sanciones para los abogados que incurran en dicha práctica. La demanda en sí, se sanciona con la improcedencia en atención a la falta de interés para obrar del demandante, como lo dejó anotado la jueza del Primer Juzgado Constitucional en el caso del exministro, Geiner Alvarado.
DESCARGA LA RESOLUCIÓN QUE DECLARA IMPROCEDENTE EL PROCESO DE AMPARO DE GEINER ALVARADO AQUÍ
DESCARGA EL PROTOCO 06 – OCMA AQUÍ
¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?
Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:
Grupo Magazín Civil:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx
Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh
Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx
Grupo Magazín Constitucional: