Los actos de violencia en lo que esté involucrado el trabajador con trabajadores de empresas cliente del empleador, constituye causal de despido ▎CASACIÓN LABORAL Nº 12711-2017

Razón de la decisión:Es evidente que en el caso concreto la conducta de participación en una riña con trabajadores de una empresa cliente de la empresa demandada (y no de inicio de la gresca) se configura perfectamente en lo señalado en el artículo 11º incisos a) e y) del Reglamento Interno de Trabajo de la empresa demandada, según los cuales constituye obligación del trabajador: conocer, acatar y cumplir el Reglamento Interno de Trabajo, así como todas las directivas dispuestas por la empresa y órdenes impartidas por el personal de Dirección y tratar cortésmente a los clientes internos y externos y a toda persona que tenga relación alguna con la empresa o con las que tuviera que alternar por las funciones que desempeña. El accionante ha incumplido estas exigencias de conducta al participar en una riña con trabajadores de una empresa cliente de la empresa demandada el día de la reunión de confraternidad, siendo preciso señalar que bajo un juicio razonable este hecho se encuentra tipificado y subsumido en las normas acotadas.” (F. 19)

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